La respuesta es un rotundo NO. No es posible reducir la jornada de trabajo que se establece en el contrato. Para ello es preciso que exista un acuerdo entre las 2 partes: el empresario y el trabajador al cual se le quiere reducir su jornada. Por otro lado hay
que tener en cuenta que el artículo 12 del estatuto de los trabajadores, en su apartado e) impide que de manera unilateral se pueda reducir o convertir un contrato de tiempo completo a tiempo parcial, es más ni siquiera podría hacerse a través de un proceso de modificación sustancial de condiciones de trabajo.
Lo que sí es posible es que si existen causas económicas organizativas técnicas o productivas que justifiquen la necesidad en la empresa de reducir la jornada, tendrá que hacerse a través de lo regulado en el artículo 47 del Estatuto de los trabajadores, que es un periodo de consultas en el que se deberá acreditar las causas que dan lugar a esta situación así como las justificaciones necesarias