Los Accidentes laborales

accidentes laborales en el trabajo

Hoy en día toda persona que este laborando para una empresa pública o privada está expuesta a riesgos y a contingencias que pueden afectar seriamente su salud y en algunas ocasiones hasta le pude costar la vida. Muy concretamente hablando nos referimos a los accidentes laborales, sigue leyendo y entérate de cómo te puede beneficiar conocer más de este tema, derechos, marco legal y consecuencias tanto para el empleador como para el trabajador y de cómo lidiar con todo esto.

¿Qué es un accidente laboral?

La legislación vigente es muy clara y precisa al definir lo que se considera un accidente laboral o accidente de trabajo: (art. 115 LGSS), “un accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”, esta definición se complementa con la ley 20/2017, que incluye también en esta definición a los trabajadores autónomos (aquellos que laboran por su cuenta), esta modalidad de trabajo también está amparada por la legislación en materia de accidentes laborales, siempre y cuando lo trabajadores que la ejerzan se incorporen al sistema por decisión propia y realicen la cotizaciones correspondientes.
Las empeladas del hogar se incluyen en la Ley a partir de la aprobación RD 1596/2011.
Entonces cuales criterios se aplican para calificar un siniestro o una contingencia como accidente de trabajo y se pueda aplicar la legislación correspondiente a los accidentes laborales.
• Que se cumpla tal como lo dice de forma expresa la ley; que el empleado “sufra una lesión corporal”, es decir cualquier daño o maltrato físico en el cuerpo causado por un golpe, una herida, una patología, cualquier secuela física, mental o emocional, psíquica o psicológica.
• Que el siniestro sea consecuencia de un acto u actividad en/o relacionada con el trabajo para el cual fue contratado el empleado, en otras palabras que exista un conexión directa entre el trabajo y la lesión.
Una vez que tenemos claro los criterios que califican a un siniestro en el rango de accidentes laborales, pasamos a ampliar estos criterios enumerando cuales supuestos son considerados accidentes laborales:
• Accidentes producto de tareas ejecutadas en el ambiente laboral, y que aun siendo distintas a las habituales, son y están relacionadas con el funcionamiento de la empresa, aquí incluimos las tareas sugeridas por su jefe inmediato, o cualquier funcionario autorizado y la realizadas de forma voluntaria por el empleado, fuera del rango de competencia profesional, (Art. 115.2c LGSS).
• Accidentes que se presentaron dentro del lapso de tiempo o jornada de trabajo, estos accidentes se consideran una prueba inequívoca de un siniestro y está considerado en la categoría de accidentes laborales.
• Accidentes bajo la modalidad: “in itinere”: es decir los que sufre el empleado en el ínterin entre ir y volver de o a , su lugar de trabajo, esto sin estar sujeto a alguna restricción de el horario (Art. 115.2d LGSS).

¿Qué es lo que no se considera accidente laboral?

• Los siniestros ocasionados por imprudencia temeraria del empleado (Art. 115.4 b, LGSS): Esto se refiere a toda actividad o acto contrario a las normas de seguridad e higiene debidamente establecidas por la empresa.
• Siniestros producidos por una fuerza mayor extraña al trabajo: Esto se interpreta como todo aquel evento que no guarde relación con el trabajo que se está ejecutando, pero que al ocurrir en forma inesperada causa un daño al trabador.
• Accidentes producidos debido a dolo del trabajador: Es decir que todo acto donde con malicia y malas intensiones se induzca un accidente con algún oscuro propósito de parte del trabajador.
• Accidentes generados por la actuación de otra persona: Esto se refiere a los siniestros producto de una acción criminal por parte del empleador, de un compañero de trabajo, o de algún tercero involucrado, estos serán interpretados como accidentes laborales siempre y cuando estén directamente relacionados con el trabajo.

¿Qué hacer en el caso de sufrir un accidente laboral?

En el preciso instante en ocurre el accidente, se debe reportar a su supervisor inmediato o a cualquier funcionario autorizado por la empresa.
El trabajador deberá recibir intención inmediata bien sea por medio de la empresa, o a través de los convenios de Seguridad Social correspondiente, y en caso debido a que las lesiones imposibilitan al trabajador para continuar sus labores de rutina, los servicios sanitarios expedirán un parte médico que exoneran al empleado a que este continúe su actividad laboral.
Una vez concedida la baja correspondiente, se informara a la empresa de la eventualidad, para que esta proceda a determinar las prestaciones correspondientes a la incapacidad temporal de forma automática y rápida. La legislación vigente obliga a la empresa a facilitar el este proceso al trabajador.

¿Cómo tramitar la reclamación?

Para la tramitación de siniestros catalogados como accidentes laborales, la legislación contempla solo dos caminos:
Penal: En este caso solo el reclamo será admisible si la empresa infringió la ley de prevención de riesgos laborales.
Si los servicios médicos (mutua) determinan que las lesiones son de gravedad, están obligados a reportar el episodio a la Inspectora de Trabajo, y si el funcionario asignado a la experticia correspondiente considera que la empresa incumplió en el rol de la seguridad correspondiente, este levantara el acta de infracción pertinente al caso.
Laboral: Para realizar el reclamo por esta vía, se debe proceder a la presentación ante la jurisdicción laboral pertinente llenando la forma o papeleta de conciliación correspondiente. El órganismo competente se llama SMAC (Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación).

¿Qué recibe el empleado que es víctima de un accidente laboral?

• Apoyo y asistencia sanitaria
• Derecho a Indemnización: En concordancia con el ingreso percibido por el trabajador, siendo responsabilidad de la empresa si se demuestra que no registro al empleado debidamente en la seguridad social o incumplió en las cotizaciones de ley.
• Aumento en las prestaciones sociales: Este incremento esta en el rango de entre el 30% a un 50%, por incapacidad temporal o permanente si se prueba negligencia por parte del empleador con respecto a la observancia de las normas de seguridad e higiene en la actividad laboral.
• Indemnización por responsabilidad Civil: Por daños y perjuicios, aquí se refiere al daño moral y al relativo al patrimonio del empleado, no cubierto debido al cese de su salario ordinario, así como los gastos adicionales que puedan aparecer en el futuro producto del siniestro.

¿Cómo se aplica la ley y cuales casos procede?

Los trabajadores involucrados en accidentes laborales, están amparados por la ley desde su puesta en vigencia a partir de 2012, y conocida como Ley de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011, de 10 de octubre), esta ley se constituyo como la normativa jurídica competente para aquellos empleados afectados por accidentes laborales o enfermedad profesional.
El alcance y competencia de la ley aplica solo cuando se demuestre que se ha incurrido en graves flagrancias a la seguridad de los trabajadores, también la ley no excluye de responsabilidad a todos aquellos directamente responsables por los daños causados al empleado.
Como la gran mayoría de las empresas disponen de un seguro de responsabilidad civil, la demanda por lo general se redirige a la compañía aseguradora como responsable civil subsidiario.
En lo referente al aspecto procesal correspondiente a la carga de la prueba, esta será responsabilidad del empleador.