Este año en España se han jubilado más de 183.000 personas con una pensión media de 1.365 euros al mes. Según los últimos datos publicados por la Seguridad Social, la edad media a la que se han retirado estos nuevos jubilados no llega a los 64 años y medio.
¿Te vas a jubilar próximamente? Atento a esta guía práctica sobre cómo acceder a una pensión pública, sus requisitos y condiciones.
Formas de jubilarnos
Estas son las distintas formulas en este año:
La primera opción es la jubilación a la edad legal de retiro. En cuanto cumplamos esa edad, que son 65 años y 8 meses, con 15 años cotizados como mínimo . Atención porque hay premio para los que lleven la tira de años cotizando, a partir de los por 36 años y nueve meses o más cotizados, el premio es marcharse a los 65 años exactos. Los tiempos de esta jubilación legal aumentan cada año hasta que el límite llegue en 2027, año en el que nos plantaremos en los 67 años para jubilarnos de forma legal.
Jubilación anticipada
La segunda vía de jubilación es jubilarse anticipadamente, es decir, jubilarnos antes de cumplir la edad legal de retiro de manera voluntaria o forzosa , lo cual implica un descuento en la pensión. Lógicamente a mayor anticipación mayor será el descuento. La jubilación forzosa la podremos coger a partir de los 61 años y 8 meses con 33 años cotizados y deberemos estar en paro por causas ajenas a nuestra voluntad. Después está la jubilación voluntaria a los 63 años y ocho meses siempre y cuando se acrediten por lo menos 35 años de cotizaciones.
Jubilación parcial
La tercera vía para jubilarse es la jubilación parcial y nos da la opción de trabajar y cobrar la pensión a la vez. Jubilandonos parcialmente nos reducen evidentemente la jornada y el salario. El dinero reducido lo completamos con la pensión siendo así mitad trabajador y mitad jubilado. Para acceder a esta modalidad hay que tener la edad legal de jubilación pero también podemos ser parciales si la empresa contrata a alguien con la modalidad de relevo, en este caso la jubilación parcial está abierta a partir de los 60 años.
Jubilación activa y demorada
La cuarta opción se llama jubilación activa o «quiero seguir trabajando» . Si se elige esta modalidad de jubilación trabajaremos a tiempo completo y cobraremos la mitad de la pensión
La quinta y última modalidad se llama jubilación demorada. Se da cuando tenemos la edad para jubilarnos pero no lo hacemos porque seguimos trabajando de forma voluntaria. Para estos trabajadores incansables, la pensión espera aumentando un 4% por cada año de retraso. A pesar de este incremento por cada año que retrasemos la jubilación, muy pocos eligen esta modalidad ya que a partir de los 65 la mayoría de los que pueden eligen el retiro.