Cerca de dos millones de personas cobran la prestación por desempleo. Se incluyen en esta cifra los que cobran la prestación contributiva o paro (como comunmente lo conocemos) y quienes sólo reciben algún tipo de subsidio de una u otra modalidad.
Preguntas frecuentes sobre el paro
Hemos recopilado las dudas más frecuentes que los desempleados que están cobrando el paro hacen al SEPE . A continuación vamos a ofrecer respuestas a todas esas dudas o preguntas…
Estas son las 7 dudas más comunes y sus respuestas según fuentes del SEPE:
- Después de una baja voluntaria no podemos cobrar el paro porque el paro es para los que pierden el trabajo por causas ajenas a su voluntad
- Si se nos olvida renovar la demanda de paro ¿Que ocurre? Pues el olvido tiene consecuencias, la primera vez que se nos olvide conlleva la pérdida de 1 mes de prestación y si se repite hasta cuatro veces podemos llegar a perder la prestación completamente. Cuando lo que cobramos es un subsidio, el olvido nos puede llevar a perder la antigüedad como demandantes de empleo.
- ¿Con que es compatible el cobro de la prestación? Hay varias situaciones, por ejemplo trabajar a tiempo parcial, cobrar una ayuda por hijo a cargo, una beca de transporte o la indemnización por despido entre otras….
- Mientras cobramos la prestación o paro estaremos cotizando de cara a la jubilación y en el caso de los subsidios solo cotizaremos cuando el que cobramos sea el subsidio para mayores de 52 años
- Otra duda muy frecuente es si podemos suspender el paro y reanudarlo después. Para contestar a esto hay que tener en cuenta que se pueden dar varias situaciones: Se puede suspender y reanudar después mientras estamos en situación de maternidad o paternidad, también podremos reanudarlo si el trabajo que hemos conseguido es de menos de 360 días . Los emprendedores que deciden apostar por ser autónomos deben saber que su prestación por paro quedará guardada durante 5 años. También queda reservado nuestro paro durante un año si nos vamos al extranjero a buscar trabajo
- Si la empresa en la que trabajamos es de un familiar cercano y este nos despide, en el caso de que vivamos con él no hay paro, pero si somos independientes sí podremos pedir la prestación
- En cuanto a los tramites para pedir el paro , vamos a la oficina, entregamos los papeles para realizar la solicitud, entregamos todo y en 25 días como mucho nos tienen que llamar. Si pasan tres meses sin contestarnos se dá por sentado que la respuesta es que NO nos darán el paro y tocará reclamar …
- La última aclaración importante que hay que saber es que hay subsidios que no exigen tener cargas familiares, estos son: el subsidio de mayores de 45, el subsidio de mayores de 52, el subsidio de cotización insuficiente o el de inmigrantes retornados